Todo lo que debes saber sobre tus derechos laborales en México

Escrito por Trabajo en Digital

Jan 30, 2020

Entre más conozcas tus derechos laborales, más argumentos tendrás para decir: Ok, sí, trabajo en Navidad, pero páguenme triple.

Una vez tuve un trabajo donde seguido nos hacían ir sábado y domingo, de 8 a 8, a repartir flyers cuando habíamos sido contratadas como escritoras. La mayoría de las veces no nos repusieron los días de descanso y solo una vez nos pagaron la chamba extra… con un jabón. Y todavía les di las gracias.

No, no estaba en un culto. Por supuesto que sabía que nada de eso era justo (o legal), pero lo permití porque necesitaba el trabajo. Pasé más de año y medio pasando por alto esas situaciones porque, de haber renunciado, no tendría más dinero que el que me pagaran en ese momento (y si es que me pagaban).

Y como yo, la mayoría de nosotros hemos tenido empleos donde sacan provecho de nuestra necesidad. Regalamos horas extra, aceptamos injusticias y consentimos ilegalidades porque, sencillamente, no tenemos de otra.

Por ello, en Trabajo en Digital nos propusimos investigar a fondo los derechos laborales de los trabajadores en México.

En esta guía encontrarás: 

Para complementar esta investigación, pregunté en Twitter, Facebook y LinkedIn por las mejores y peores experiencias laborales, y consulté con expertas en psicología y derecho laboral. Considerando que las empresas tienden a revisar las redes sociales de la gente mantendré los testimonios en anonimato. 

Peeero, si quieren deprimirse un ratito, chequen el hilo de testimonios en Twitter (si tiene cuenta en Twitter, obvio quieren deprimirse):

Amix :)
Ando haciendo una tarea sobre derechos laborales (ya sé, yo también me quedé así de KHESESO). Así que, cuéntenme de las chambas donde peor los han tratado, yo, por ejemplo, tuve una donde no nos dejaban sentarnos en jornadas de 10 horas (y creo que no me fue tan mal) 😰

— Abril Romero (@romerodeabril) January 6, 2020


Derechos humanos laborales

Quizá muchos patrones se sorprendan, pero: ¡Los trabajadores son personas!

Y, por tanto, tienen derechos humanos fundamentales, uno de los más importantes: el derecho a llevar una vida digna; es decir, una vida con satisfactores económicos, sociales y culturales suficientes para realizarse como ser humano y ser útil en su comunidad. 

Esto está establecido en diversos convenios internacionales de derechos humanos pero, aunque no lo estuvieran, estamos hablando de la forma más básica de la empatía: reconocer que cada vida humana tiene valor y merece ser respetada en todo ámbito, incluyendo, por supuesto, en el trabajo.

Impedir que alguien satisfaga sus necesidades, atentar contra su dignidad, coptar su libertad o poner en riesgo su integridad son acciones que, obviamente, atentan contra los derechos humanos.

Y, sin embargo, suceden tan frecuentemente que están normalizadas; imagina, por ejemplo, que recibieras un bono por cada vez que en tu trabajo se les ha olvidado que tienes una vida fuera de la oficina.


Derechos laborales en México que (en papel) todos tenemos

México fue el primer país en el mundo en incluir los derechos laborales en su constitución. Todo lo referente al trabajo está descrito en el artículo 123, el cual establece tres elementos fundamentales: 

  1. Libertad para ejercer cualquier profesión lícita.
  2. Derecho a tener un trabajo.
  3. Dignidad, toda vez que el trabajo debe cumplir con un mínimo de condiciones justas.

 

De allí se desprenden otra serie de derechos que están detallados tanto en la constitución como en la Ley Federal del Trabajo (LFT), pero aquí te los describimos en breve y con dibujitos para que te queden más claros 😉.

Para hacer este ejercicio menos deprimente más divertido propongo un shot por cada derecho que no tengas:


1. Pago

Sí, la pequeña diferencia entre trabajar y ser esclavo. Toda persona económicamente activa debe percibir al menos un salario mínimo por jornada laboral, en México esta cifra es de 123 pesos a partir del 1ro de enero del 2020.

Sin embargo, esta ley parece no aplicar para millones de personas que ganan lo que sea la buena voluntad del jefe, la cual, en la mayoría de los casos no suele ser mucha.

La ley también estipula que para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin importar sexo, nacionalidad, edad, ni ningún otro factor. Pero, en México la brecha salarial por cuestiones de género es de aproximadamente 15%

Leer: 12 problemas que las mujeres enfrentamos en el trabajo (y no van a cambiar después del 9 de marzo)

¿Y en qué se basan para estimar un pago?

El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. Por ejemplo, como se le vaya ocurriendo al patrón:

Y para hacer nuestra situación de empleados aún más vulnerable, la LFT establece que se puede acordar una disminución del salario en caso de que las condiciones así lo requieran, siempre y cuando no sea menor al salario mínimo.

¿Cada cuándo deberían pagarme?

Los plazos para el pago del salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores. LFT, artículo 88.

Sin embargo, esto también puede variar según el tipo de trabajador que seas. Si eres por honorarios pues, suerte con eso 😉.


2. Contrato individual de trabajo

Tanto tu sueldo, jornadas laborales, días de pago, vacaciones etc. deben estar estipulados en un contrato laboral, del cual siempre se te debería proporcionar una copia.

De acuerdo a la LFT, los contratos de periodos de prueba y de capacitación inicial son improrrogables y no puedan aplicarse dentro de una misma empresa o establecimiento al mismo trabajador, simultánea o sucesivamente, en más de una ocasión.


3. Edad mínima para tener un empleo

Los menores de 14 años no pueden trabajar en ningún lugar (ya sé, será difícil cuando salgas de la carrera y te pidan diez años de experiencia). 

Para las personas entre los 14 y 16 años el máximo de una jornada laboral es de 6 horas, siempre y cuando su trabajo no sea dañino para la salud.


4. Duración de las jornadas

Rápido, pásale esta infografía a tu jefe:

Por supuesto, hay algunos casos especiales que requieren jornadas distintas, por ejemplo: trabajadores de tripulaciones aeronáuticas, de autotransportes, del sector turismo, actores, músicos, trabajadores domésticos y un largo etc. cuyas jornadas se establecen mediante  un convenio con el patrón; el cual, la mayoría de las veces, es desfavorable para el trabajador.

Algo que también es muy importante que sepas es que:

Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.

LFT, art. 64.

Considéralo cuando se te enfríen tus taquitos por tener que seguir atendiendo.

¿Y las horas extra?

¿Te imaginas un mundo donde a todos nos pagaran las horas extra?


5. Días de descanso

Todos los trabajadores tienen derecho a un día de descanso (totalmente pagado) por cada seis trabajados. Esto, sin contar los días de descanso marcados por la ley:

Según la LFT, trabajar en tu día de descanso o en los feriados obligatorios es voluntario y, si lo haces, tu patrón deberá pagarte, además del salario que te corresponde por esa jornada, un salario doble por el servicio prestado. O, en otras palabras, te toca cobrar el triple🤩.


6. Capacitación

Los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida.

LFT, artículo 153-A

Esto implica tanto prepararte para el puesto, como otros programas de capacitación que te faciliten continuar con tus estudios, perfeccionar  habilidades o dominar nuevas tecnologías.

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